El derecho internacional es inequívoco: la guerra contra Irán es ilegal

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El derecho internacional es inequívoco: la guerra contra Irán es ilegal

El mito de la acción “preventiva”

Estados Unidos e Israel han presentado su acción militar contra Irán como una serie de “ataques preventivos”, supuestamente destinados a neutralizar amenazas inminentes del régimen iraní y a impedir que Irán adquiera armas nucleares. 

Tal planteamiento, difundido por gran parte de los medios occidentales, puede parecer verosímil a primera vista. Sin embargo, un examen riguroso demuestra que estas operaciones no pueden calificarse razonablemente como preventivas, ni pueden justificarse como actos de legítima defensa conforme al derecho internacional. La situación jurídica es inequívoca: la guerra iniciada por la administración Trump contra Irán es ilegal. 

Pero antes de examinar la legalidad del uso de la fuerza, conviene recordar un elemento frecuentemente omitido en el debate público. El líder supremo iraní, el ayatolá Ali Jamenei, emitió a comienzos de la década de 2000 una fatua declarando que el desarrollo, posesión y uso de armas nucleares eran contrarios al islam. Las autoridades iraníes han reiterado durante años que esta prohibición religiosa constituía un límite vinculante para el Estado iraní. Hasta los acontecimientos que los medios oficiales describen como su fallecimiento, Jamenei fue presentado por el propio gobierno iraní como el principal garante de que Irán no desarrollaría un arma nuclear por razones doctrinales y morales, no meramente estratégicas. Este contexto resulta relevante para evaluar las alegaciones actuales sobre la inminencia de una amenaza nuclear iraní.

El marco jurídico del derecho internacional

La Carta de las Naciones Unidas prohíbe estrictamente el uso unilateral de la fuerza por los Estados, salvo en dos supuestos muy concretos:

  1. cuando el uso de la fuerza ha sido autorizado por el Consejo de Seguridad de la ONU; o
  2. cuando se ejerce en legítima defensa.

Ni Estados Unidos ni Israel solicitaron ni obtuvieron autorización del Consejo de Seguridad antes de lanzar los ataques del sábado. En consecuencia, la legítima defensa es la única justificación posible desde el punto de vista del derecho internacional. Analizada a la luz de los hechos, dicha justificación no se sostiene.

La invocación del derecho de Israel a la legítima defensa

Israel sostiene que no puede exigírsele que espere a que Irán esté en condiciones de lanzar un ataque nuclear antes de actuar en legítima defensa. El derecho internacional sí permite la legítima defensa anticipada en circunstancias muy limitadas, concretamente cuando un ataque armado ya está en curso. Por ejemplo, si Irán lanzara un misil balístico, Israel tendría derecho a interceptarlo antes de que impactara. Esa acción interoceptiva constituiría una legítima defensa anticipada lícita.

No obstante, el derecho internacional distingue claramente entre esta forma de anticipación legítima y el uso de la fuerza con carácter preventivo o precautorio, que no está permitido.

La autodefensa preventiva y sus límites

La autodefensa preventiva se produce cuando un Estado alega que existe una amenaza inminente, aunque el ataque aún no haya comenzado, y decide atacar primero para adelantarse a él. En este caso, Israel afirma que Irán representaba una amenaza inminente que justificaba un primer ataque.

Este razonamiento resulta problemático. Muchos Estados desconfían de las intenciones de otros Estados. Si la percepción subjetiva de inminencia bastara, numerosos países de Oriente Medio podrían alegar el mismo derecho a atacar preventivamente a Israel. Además, no existe un mecanismo fiable para verificar de forma independiente si esa supuesta amenaza inminente era real.

Según Reuters, el ataque había sido planificado durante meses y la fecha concreta se había fijado semanas antes. Esto socava de forma significativa la afirmación de que un ataque iraní era tan inminente que exigía una respuesta inmediata. Existe un debate académico sobre la frontera exacta entre la interceptación lícita y la preempción ilícita. Los Estados de la Mayoría Global suelen adoptar una interpretación estricta: salvo que el ataque esté efectivamente en marcha, el uso de la fuerza es ilegal. Muchos Estados del Norte Global sostienen una interpretación más flexible, según la cual el uso de la fuerza puede ser lícito si el ataque es “inminente”, aunque aún no haya comenzado.

El problema radica en definir qué se entiende por “inminente”. En teoría, podría incluir situaciones en las que los preparativos de ataque sean claramente identificables, aun cuando no se hayan lanzado armas, como el descubrimiento de preparativos militares alemanes poco antes del inicio de la Blitzkrieg. En la práctica, sin embargo, este margen de discrecionalidad se presta al abuso. Un ejemplo conocido es la afirmación estadounidense de que Irak planeaba un ataque “inminente” mediante supuestas armas de destrucción masiva.

Por esta razón, los Estados de la Mayoría Global rechazan de forma categórica el uso de la fuerza preventiva. Las pruebas que sustentan las alegaciones de inminencia pueden falsificarse o mantenerse ocultas invocando la “seguridad nacional”. Cuando un Estado considera necesaria una acción preventiva, debería presentar sus pruebas ante el Consejo de Seguridad de la ONU y solicitar su autorización.

Sin ese control, la autodefensa preventiva corre el riesgo de convertirse en una simple coartada jurídica para el realismo político. Los Estados más poderosos podrían atacar a los más débiles a voluntad, mientras que estos últimos carecerían de cualquier derecho equivalente. En tal escenario, el poder sustituiría al derecho.

La autodefensa preventiva frente a amenazas futuras

La autodefensa preventiva en sentido amplio debe distinguirse de la preempción. Se refiere al uso de la fuerza frente a una amenaza potencial futura que podría materializarse en un momento indeterminado.

Este es, en esencia, el argumento que actualmente emplean Estados Unidos e Israel respecto de Irán, con independencia de la terminología utilizada en el discurso público. La tesis es que Irán podría desarrollar armas nucleares en el futuro y eventualmente utilizarlas contra Israel, por lo que sería preferible actuar de forma preventiva.

Sin embargo, no existe ninguna prueba de que Irán estuviera cerca de desarrollar un arma nuclear. De hecho, hace apenas ocho meses, Donald Trump declaró públicamente que las principales instalaciones de enriquecimiento nuclear de Irán habían sido “completa y totalmente obliteradas” tras la participación estadounidense en la guerra de doce días de Israel contra el país. Repitió esta afirmación tan recientemente como la semana pasada, durante su discurso sobre el Estado de la Unión, al señalar que Estados Unidos había “obliterado el programa de armas nucleares de Irán con un ataque en suelo iraní”.

En cualquier caso, la autodefensa preventiva es ilegal conforme al derecho internacional. Los Estados no disponen de un cheque en blanco para decidir qué otros Estados podrían constituir una amenaza futura. China no puede invadir preventivamente Taiwán, ni Rusia puede invadir preventivamente Finlandia.

La intervención humanitaria en nombre del pueblo iraní

Estados Unidos también ha sostenido que actuó en legítima defensa en favor del pueblo iraní, alegando una justificación humanitaria para el uso de la fuerza.

El uso de la fuerza por motivos exclusivamente humanitarios, sin autorización de la ONU, no es una justificación aceptada por el derecho internacional. Algunos Estados han defendido este planteamiento en el pasado, como Bélgica durante la campaña de bombardeos de la OTAN contra Serbia en 1999, o el Reino Unido tras el uso de armas químicas por parte de Siria en 2018. No obstante, estas posiciones siguen siendo profundamente controvertidas.

Los Estados de la Mayoría Global han rechazado de forma constante las llamadas “intervenciones humanitarias”, argumentando que los Estados del Norte Global no son actores fiables cuando afirman actuar por motivos genuinamente humanitarios. Señalan la ausencia de intervención en situaciones en las que los intereses occidentales no estaban implicados, como Ruanda en 1994, o en las que dichos intereses coincidían con atrocidades masivas, como en Gaza desde 2023.

El propio concepto de “humanidad” resulta, por tanto, disputado. Algunas poblaciones no son tratadas como plenamente humanas por quienes concentran el mayor poder de intervención. Esto plantea una pregunta inevitable: ¿por qué Irán hoy y no Gaza ayer?

Por qué la Carta de la ONU rechaza esta lógica

Los redactores de la Carta de la ONU previeron precisamente este tipo de abusos. Adolf Hitler justificó su intervención en Checoslovaquia alegando la necesidad de proteger a la población alemana. Rusia ha empleado razonamientos similares en Georgia y Ucrania. Estados Unidos lo hizo en Irak y ahora en Irán. Ninguno de estos casos fue una justificación sincera.

Si una potencia militar considera de buena fe que el uso ilícito de la fuerza es necesario para defender un valor moral superior, debe asumir las consecuencias jurídicas de actuar al margen de la legalidad. Pretender actuar legalmente sin autorización de la ONU no hace sino convertir el discurso humanitario en otra herramienta del realismo político.

Al anunciar los ataques del sábado, Trump indicó explícitamente que el objetivo era un cambio de régimen. En su mensaje al pueblo iraní, declaró: “Cuando hayamos terminado, tomad el control de vuestro gobierno. Será vuestro para tomarlo”. Posteriormente, los medios estatales iraníes informaron de que el líder supremo, el ayatolá Ali Jamenei, había muerto en los ataques conjuntos de Estados Unidos e Israel.

A este marco se suma una dimensión adicional, ampliamente discutida en análisis y filtraciones: la percepción de que, en la fase inicial, la CIA y Israel habrían apostado por una estrategia de presión interna orientada a un cambio de régimen en Irán, basada en la expectativa de movilizaciones masivas que forzaran la caída del sistema político. Este supuesto descansaba en la idea de que amplios sectores de la sociedad iraní responderían a llamados externos para salir a las calles y derrocar al régimen. Sin embargo, esta lectura ha reflejado una comprensión insuficiente del contexto iraní, de su cultura política y de sus dinámicas sociales, donde la intervención extranjera tiende a reforzar reflejos nacionalistas incluso entre sectores críticos del poder.

El resultado observado, según imágenes, declaraciones oficiales y reacciones regionales, apunta en la dirección opuesta a la esperada por quienes sostenían esa hipótesis. En lugar de una fractura social orientada al colapso del régimen, se han producido movilizaciones masivas motivadas por la ira y el duelo, enmarcadas en un discurso de agresión externa, tras los acontecimientos que los medios estatales iraníes atribuyen a la muerte del líder supremo, el ayatolá Ali Jamenei. Dinámicas similares de protesta y movilización simbólica se han registrado también en Iraq, Lebanon, Pakistán y otros estados, donde la percepción de una agresión contra Irán ha actuado como catalizador político. Lejos de debilitar el entramado regional asociado a Teherán, estos efectos parecen haber reforzado, al menos en el corto plazo, la cohesión narrativa y la movilización transnacional en torno a la confrontación.

Veredicto jurídico

El ataque de Estados Unidos e Israel contra Irán es ilegal conforme al derecho internacional. Los medios que repiten de forma acrítica la narrativa estadounidense de una acción preventiva o humanitaria están incumpliendo incluso los estándares más básicos de verificación de hechos.

Khalil Sayyad Hilario

Fundador & CEO SAHCO Consulting

Madrid, 3 de marzo de 2026

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